Antes de firmar un contrato, abrir una cuenta a un cliente o aceptar un pedido grande, conviene saber quién manda en la sociedad y si la persona que firma puede obligarla. En España, esa información está en el Registro Mercantil, y los cambios se publican cada día en el BORME. Esta guía explica los tipos de administración que prevé la ley, dónde ver quién ocupa el cargo y cómo comprobar que quien firma tiene facultades.
Normas de la Ley de Sociedades de Capital (texto consolidado del BOE), consultada el 10 de octubre de 2026.
Lo que vas a aprender
- Las cuatro formas de organizar la administración de una sociedad
- Quién representa a la sociedad en cada caso
- Dónde ver los nombramientos y ceses: BORME y nota simple
- Cuánto dura un cargo, y por qué importa
- Cómo comprobar a un apoderado
Las cuatro formas de administrar una sociedad
Según el artículo 210 de la Ley de Sociedades de Capital, la administración de la sociedad puede confiarse a:
- un administrador único;
- varios administradores solidarios (cada uno actúa por separado);
- varios administradores conjuntos (mancomunados, que actúan juntos);
- un consejo de administración.
En la sociedad anónima, si la administración conjunta se confía a dos administradores, actúan de forma mancomunada, y si son más de dos, constituyen consejo de administración.
Quién puede firmar en cada caso
El artículo 233 de la misma ley fija quién tiene el poder de representación:
- Administrador único: le corresponde necesariamente a él.
- Administradores solidarios: a cada uno de ellos.
- Administradores conjuntos: en la sociedad limitada con más de dos, al menos dos de ellos mancomunadamente, según los estatutos; en la sociedad anónima, mancomunadamente.
- Consejo de administración: al propio consejo, que actúa colegiadamente, aunque los estatutos pueden atribuir la representación a uno o varios consejeros, y el consejo puede nombrar consejeros delegados.
La consecuencia práctica: con administradores mancomunados, una sola firma puede no bastar. Pregunta siempre cómo está organizada la administración.
Dónde ver quién es el administrador
En el BORME
Según el artículo 215 de la ley, el nombramiento de los administradores, una vez aceptado, debe presentarse a inscripción en el Registro Mercantil, indicando su identidad y, para los que representan a la sociedad, si pueden actuar solos o conjuntamente; la presentación debe hacerse en los diez días siguientes a la aceptación.
Una vez inscritos, estos actos se publican en la sección A del BORME con sus etiquetas: Nombramientos, Ceses/Dimisiones, Revocaciones, Reelecciones. Leerlos en orden te da la historia de los cargos de la sociedad. Lee cómo leer el BORME.
En la nota simple
Para conocer los cargos vigentes en un momento dado, pide una nota simple informativa del Registro Mercantil en la sede del Colegio de Registradores, que permite buscar por denominación o NIF. Es de pago y refleja lo que el registro tiene en el momento de la consulta.
El BORME te dice qué cambió y cuándo; la nota simple, el estado actual.
Cuánto dura un cargo
Según el artículo 221 de la ley:
- En la sociedad limitada, los administradores ejercen el cargo por tiempo indefinido, salvo que los estatutos fijen un plazo.
- En la sociedad anónima, el plazo lo fijan los estatutos y no puede exceder de seis años, con posible reelección.
Por eso, en una sociedad anónima, un nombramiento antiguo sin reelección publicada merece comprobarse: el cargo puede haber caducado. El artículo 222 regula esa caducidad.
Los apoderados
Además de los administradores, una sociedad puede otorgar poderes a otras personas (apoderados) para actuar en su nombre dentro de las facultades del poder. Si quien firma no es administrador:
- Pide copia del poder.
- Comprueba que incluye el tipo de acto que vais a firmar.
- Comprueba que no ha sido revocado: las revocaciones inscritas aparecen en el BORME.
Una comprobación en cinco pasos
- Identifica la sociedad por su denominación exacta, su provincia y su hoja registral. Lee cómo comprobar una empresa española antes de firmar.
- Lee sus últimos actos de Nombramientos y Ceses/Dimisiones en el BORME.
- Averigua la forma de administración (único, solidarios, mancomunados, consejo).
- Comprueba que quien firma es administrador con facultades para actuar solo, o apoderado con poder suficiente.
- Para contratos importantes, pide una nota simple reciente.
Fuentio no muestra nombres de personas en este blog; los actos del BORME sí los publican, junto con el cargo.
La API de Fuentio devolverá los actos del BORME analizados de cada sociedad, incluidos nombramientos y ceses con su cargo y sus fechas, desde el 6 de octubre de 2025. Aún no está abierta: apúntate abajo para saber el día que abra.
Consulta lo que cubrimos en Francia y España.
Límites. Las normas citadas proceden de la Ley de Sociedades de Capital (artículos 210, 215, 221, 222 y 233, texto consolidado del BOE), consultada el 10 de octubre de 2026. El BORME publica los actos una vez inscritos; puede haber días entre una decisión y su publicación. No es asesoramiento jurídico.
Preguntas frecuentes
¿Dónde veo quién es el administrador de una sociedad?
En los actos de Nombramientos del BORME y, para el estado actual, en la nota simple del Registro Mercantil.
¿Un administrador mancomunado puede firmar solo?
En principio no: los mancomunados actúan conjuntamente, según el artículo 233 de la Ley de Sociedades de Capital.
¿Cuánto dura el cargo de administrador?
En la sociedad limitada, por tiempo indefinido salvo que los estatutos digan otra cosa; en la anónima, lo que fijen los estatutos, sin exceder de seis años.
¿Cómo sé si un apoderado puede firmar?
Pide copia del poder, comprueba su alcance y que no figure revocado en el BORME.
Fuentes
- Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010), artículos 210, 215, 221, 222 y 233: boe.es
- BOE, BORME diario: boe.es
- Colegio de Registradores, nota informativa mercantil: sede.registradores.org
